Todas las aportaciones deberán ser clasificables como ordinarias.
Con carácter orientativo, se considera que para poder alcanzar una evaluación positiva, las aportaciones cumplirán alguna de las siguientes condiciones:
a) Que las cinco aportaciones sean artículos publicados en revistas que ocupen posiciones relevantes en los listados mencionados en el apartado 4a) [JCR]; que al menos dos de las cinco aportaciones sean artículos publicados en revistas de relevancia muy significativa en los listados mencionados en el apartado 4.a) [revistas en JCR].
b) Que, al menos dos de las cinco aportaciones, sean artículos publicados en revistas de relevancia muy significativa en los listados mencionados en el apartado 4a) [revistas en JCR] y el resto de las aportaciones que cumplan los criterios recogidos en el apartado 4.
c) Alternativamente, se podrá obtener una evaluación positiva con menos de cinco aportaciones, en caso de excepcional calidad de la investigación de la persona solicitante, valorada por el prestigio y relevancia de las revistas (publicaciones en Revistas Top del Ranking Shanghai y en la máxima categoría del ranking Academic Journal Guide (AJC) de la Chartered Association of Business Schools (CABS).
Se valorará desfavorablemente la reiterada publicación de trabajos en revistas o editoriales pertenecientes o asociadas al mismo organismo donde la persona solicitante haya realizado su investigación, entendiendo como reiterada más de dos publicaciones en el período evaluado. Cuando dos o más aportaciones correspondan a un mismo trabajo, es decir alguna o algunas sean versión traducida, reproducida o levemente modificada de otro anterior, sólo se calificará la que sea primera en el tiempo, no otorgándose puntuación alguna a las ulteriores. Asimismo, se valorarán desfavorablemente las aportaciones que resulten iterativas sin aportar efectiva innovación, así como la publicación de artículos con contenidos sensiblemente similares o sin innovaciones relevantes sobre trabajos previos. Podrán valorarse desfavorablemente aportaciones con una extensión claramente por debajo de la media del campo evaluado, a menos que se trate de una contribución de calidad excepcional. En cualquier caso, se valorarán desfavorablemente los artículos publicados en revistas que no satisfagan los criterios que se especifican en el apéndice de esta Resolución.