Las aportaciones sólo serán valorables si significan progreso real del conocimiento o desarrollo tecnológico medible. Al menos tres de dichas aportaciones han de estar dentro del ámbito y de las áreas de conocimiento de las Tecnologías Mecánicas y de la Producción.
Como norma general, para poder alcanzar una evaluación positiva, cada una de las aportaciones deberá cumplir alguno de los criterios especificados en los puntos anteriores [criterios sobre revistas, libros y capítulos de libros].
Con carácter orientativo y no excluyente, se considera que para poder alcanzar una evaluación positiva…, al menos cuatro de las aportaciones deben ser patentes que cumplan lo establecido en el apartado 3.a), o bien artículos publicados en revistas de nivel alto (primer tercil) incluidas en JCR Science Edition.
Con carácter general, se considera que no cumplen los criterios señalados en el apartado 3:
– Los libros de texto, programas, apuntes o casos prácticos que tengan carácter de material docente.
– Los libros de carácter profesional que no puedan considerarse libros de investigación por no incluir aportaciones originales contrastables en relación con el tema abordado.
– Los libros y artículos de divulgación, así como los artículos en revistas de información general.
– Las ediciones de textos o las traducciones, salvo que se consideren de singular relevancia, incluyan estudios preliminares o notas que sean fruto de una investigación personal y supongan una aportación apreciable a su campo temático.
– Las meras revisiones recopilatorias, sin ninguna aportación original, aunque estén publicadas en revistas indexadas.
– Los informes o dictámenes derivados de proyectos de investigación o contratos de I+D+i, emitidos con carácter interno, que no estén publicados en medios de difusión de calidad contrastada.
– La actividad profesional que no incorpore innovación, y como tal, aparezca reconocida en alguna publicación de impacto nacional o internacional.
– Realización o dirección de Tesis Doctorales. Lo que se valora son las publicaciones derivadas de las mismas.
Como norma general, no se considerarán como aportaciones ordinarias, aun estando publicadas en medios de reconocida valía, las publicaciones correspondientes a comunicaciones a congresos, las cartas a/a la Editor/a y todas aquellas aportaciones que no tengan una extensión mínima, que no aporten contribución original al conocimiento o que no hayan tenido impacto relevante en la comunidad científica, como notas o discusión de otros artículos, así como aquellas que no cumplan alguno de los criterios sobre revistas, libros y capítulos de libros.
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